Reforma a la Ley Aduanera
ÓSCAR URDIALES*
Martes 08 de Julio de 2025 9:41 am
Reforma a
la Ley Aduanera ÓSCAR
URDIALES* TODOS aquellos
que estamos inmersos en actividades en materia de comercio exterior y aduanas,
entendemos una realidad: la actual Ley Aduanera, requiere de un análisis
exhaustivo y de una reforma que le permita brindar los procedimientos apegados
a nuestras realidades y necesidades. La Ley Aduanara
como la conocemos, fue publicada el 15 de diciembre de 1995, y solamente ha
sufrido una modificación relevante el 12 de noviembre de 2021. A excepción de
eso, la estructura y contexto sigue siendo muy similar al documento publicado
en 1995. Ha habido una serie de modificaciones de forma, mas no de fondo. El
contexto general se mantiene vigente. Recientemente,
la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, informó que se planea
enviar, analizar y, de ser posible, aprobar una nueva reforma a la Ley
Aduanera, para “poner orden” en las aduanas de México y evitar, en mayor medida,
la corrupción. “Tenemos
que hacer más eficiente todo el proceso de aduanas, que en eso está trabajando
la agencia digital, la Marina y la Sedena, para que las revisiones que se hacen
no retrasen el comercio. Entonces, vamos avanzando en aduanas. Vamos a seguir
avanzando y vamos a poner orden con la nueva ley de aduanas”, sentenció durante
su conferencia La Mañanera del día 19 de junio. El sector
de agentes aduanales respalda la idea de combatir la corrupción, el contrabando
y el fraude fiscal. Sin embargo, exigen que se tenga análisis, mesas de trabajo
y reuniones en foro, para que, además de buscar el anterior objetivo, también
se analicen muchos aspectos que, de forma, afectan a las operaciones. Un
ejemplo de ellos son las órdenes de verificación de mercancías (OVT). Esta
facultad de comprobación consiste en que, aun cuando una mercancía active el
sistema del semáforo aduanal y el resultado es “desaduanamiento libre” o, como
coloquialmente se le conoce, “verde”, la autoridad aduanera aplique estas OVT, detenga
la salida del camión del puerto marítimo, y lo coloque en patio de espera. Esa
espera sirve a Aduana para auditar, inspeccionar y verificar de manera más
exhaustiva al importador, al valor de la carga, al proveedor, las
características del producto, etcétera. Sin embargo, si bien es cierto que la Ley
Aduanera actual faculta a la autoridad aduanera de hacer dichas inspecciones y
define 5 días máximo para hacerla, actualmente, existen casos de más de 40 días
sin que se le libere la mercancía al importador ni mucho menos una explicación
del por qué el retraso en la liberación de la carga. Estas
acciones repercuten en el bolsillo de los importadores, porque a diario generan
más de 8mil pesos entre estadías y demoras del contenedor, además de
provocarles un perjuicio al no llegar a tiempo a sus plantas y dar continuidad
al proceso de fabricación, o incluso penalidades de su cliente al no entregar
en tiempo la materia prima ofrecida. Se ha advertido
muchas veces en diferentes foros que la actual ley se debe ajustar a las
necesidades de un comercio; algo que hemos pretendido hacer más automatizado y
digital, pero que aún se sigue dando peso a los documentos, y todo porque la
plataforma que fue creada para contener los documentos digitalizados falla en
ocasiones y se debe de trabajar como en el pasado: con papeles en copias. Sin lugar
a dudas, existe mucho qué hacer aún en este tema. Esperemos que dicha reforma
llegue pronto. Agradeceré
comentarios y temas a desarrollar al correo adjunto. ¡Sigamos,
con toda la garra! *Presidente
de Asociación de Profesionistas en Comercio Exterior del Puerto de Manzanillo
A.C.
ourdiales@opinco.com.mx.
