Familias con personalidad jurídica propia

RUBÉN DARÍO VERGARA SANTANA
Miércoles 01 de Octubre de 2025 8:57 am
Familias con personalidad jurídica propia RUBÉN DARÍO VERGARA SANTANA SIEMPRE he creído que la familia, más que un grupo de personas que comparten un techo, es una comunidad: un equipo que se apoya en los momentos difíciles y celebra unido las victorias. Sin embargo, en el terreno legal y económico, la familia sigue siendo vista como una suma de individuos, no como un sujeto con derechos ni voz propia. Esa visión limita su capacidad de defender lo que tiene y de proyectarse hacia el futuro. Por ello, propongo que demos un paso adelante y reconozcamos a las familias como entes con personalidad jurídica propia. Esto no significa convertirlas en empresas ni en instituciones rígidas, sino brindarles un marco legal que les permita actuar de forma colectiva, administrar su patrimonio, recibir apoyos y construir un futuro más sólido. Significa que la familia pueda presentarse ante las autoridades como una sola entidad, con voz y voto en los asuntos que la afectan, y no como un conjunto disperso de personas aisladas. Esto implicaría que una familia pueda constituirse formalmente como una asociación sin fines de lucro, con estatutos claros, patrimonio protegido y capacidad legal para recibir donativos deducibles de impuestos, celebrar convenios, abrir fondos de ahorro familiares y participar en programas de apoyo social. De este modo, cada hogar tendría una representación legal ante autoridades e instituciones privadas, no sólo como ciudadanos individuales, sino como un colectivo reconocido y respaldado por la ley. Actualmente, el Código Civil del Estado de Colima protege la vivienda y bienes esenciales mediante la figura del patrimonio de la familia, lo cual es valioso. Sin embargo, esta figura se limita a preservar lo que ya se posee; no permite crecer. Con un modelo de asociación familiar patrimonial, la familia no sólo protege lo suyo, sino que puede ampliar su patrimonio (hasta el tope de UMAs permitido) e invertir en educación, tratamientos médicos costosos o proyectos productivos, todo ello sin incurrir en fraudes contra acreedores. Además, esta figura es compatible con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que reconoce a las donatarias autorizadas y les otorga beneficios fiscales cuando destinan sus recursos a fines asistenciales, educativos o de salud. También se alinea con la Ley de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, que exige transparencia, registros contables y reportes anuales, generando confianza institucional. No obstante, dotar a las familias de personalidad jurídica es apenas el primer paso. Trabajar en equipo no siempre es fácil. En nuestra cultura, solemos privilegiar la decisión individual y la verticalidad. Propongo que el Estado y los municipios ofrezcan ventanillas únicas para el registro y seguimiento de estas asociaciones familiares, con estatutos modelo, plantillas de actas, esquemas de contabilidad sencilla, así como talleres cortos sobre finanzas familiares, liderazgo compartido y toma de decisiones colectivas. Esto podría complementarse con un calendario mínimo de reuniones trimestrales y reportes de ingresos y egresos. El acompañamiento debe ser temporal y respetuoso de la autonomía familiar, actuando bajo el principio de subsidiariedad del derecho civil: la autoridad no sustituye la voluntad familiar, sólo la habilita. Si logramos consolidar esta figura legal, Colima podría ser pionero en un modelo de familias con voz, con patrimonio protegido y con herramientas para planear su futuro. Haríamos del derecho un verdadero aliado de quienes más lo necesitan.