El Impuesto sobre la nómina en Colima
ROGELIO SALAZAR BORJAS*
Miércoles 26 de Noviembre de 2025 10:44 am
ENTRÓ en vigor el 1 de enero de 2005 un nuevo impuesto de carácter
estatal que gravó en un 2 por ciento las remuneraciones de los trabajadores a
partir de sueldos, prestaciones, comisiones, aguinaldos, etc., y cuyo causante
era el patrón, ya sea persona moral o física con actividad empresarial. Se le
conoció como el Impuesto sobre la Nómina (ISN). Estos recursos permitirían, a su vez, alimentar el Sistema de
Financiamiento para el Desarrollo del Estado de Colima (Sefidec), lo que en
teoría significaría la disponibilidad de créditos blandos a favor de las
empresas colimenses. Por lo tanto, la aplicación del nuevo impuesto sobre la
nómina sería un boomerang financiero. En la actualidad, el ISN representa casi el 80 por ciento de los
ingresos propios del gobierno estatal, convirtiéndose en el principal y más
importante aportante de fondos a las arcas no solo del sistema de
financiamiento, sino también de la caja estatal. Todos los estados de la República Mexicana instalaron ese
nuevo gravamen, aunque con historias diferentes o algunas parecidas a nuestro
ejemplo colimote. Después de dos décadas, solo Chiapas y Colima continuaron con
ese porcentaje; el resto de las entidades
federativas sucumbieron a la tentación de incrementar el porcentaje inicial. En
la actualidad existen desde el 2.4 hasta el 4.5 por ciento; el primero es
Sinaloa y el segundo, Baja California. El 1 de abril de este año entró en vigor la nueva Ley de Desarrollo
Económico para el Estado de Colima, la cual incluye (y aún desconozco los
razonamientos) la creación de un nuevo fondo denominado Sistema de Incentivos y
Apoyos para la Inversión. Este solo cambio de dos renglones en la nueva ley
motivó que el Poder Ejecutivo estatal haya propuesto una reforma a la Ley de
Hacienda para incrementar el ISN del 2 al 3 por ciento, es decir, en un
cincuenta por ciento en términos reales. En el razonamiento de que se permitirá un mejor fondeo del empresariado
y que, a la vez, se mejorará la recaudación estatal, conllevando un incremento
de las participaciones federales en estímulo de la eficiencia fiscal. Por parte del empresario, que es quien paga el ISN y lo entera al
estado, podrá, a su vez, hacer deducible la aportación a través del Impuesto
sobre la Renta (ISR), que es un gravamen federal. Así las cosas, se podría
pensar que todo es un juego de enteros y declaraciones y que, por lo tanto, no
existen afectaciones. Sin embargo, en el fondo del asunto existe una consideración manifiesta
al respecto: si el estado de Colima quisiera incrementar sus participaciones,
debería proponer un impuesto de atraque a las embarcaciones que, si bien es
cierto lo hacen en zonas federales, podría conceptualizarse como un gravamen a
las maniobras marítimas con una UMA por contenedor. Lo que nos daría un ingreso anualizado por el orden de 450 millones de
pesos al año, suplantando el próximo recorte que la federación le hará a Colima
en 2026, que es más o menos por 430 millones de pesos. Porque, si en vez de una
UMA cobrásemos un salario mínimo por contenedor en maniobras marítimas, nuestro
ingreso estatal por este concepto sería del orden de mil millones de pesos. Sustituyendo de manera integral el Impuesto sobre la Nómina, mismo que
ya carece de viabilidad legal y técnica, pues con el incremento al salario
mínimo se volvió inoperante el fundamento de la promoción a un mejor sueldo al
trabajador.
*Miembro consultivo
del Colegio de Economistas de Colima AC
