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TEPJF ordena garantizar diputaciones a población indígena de Morelos



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Lunes 31 de Agosto de 2020 8:56 pm

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En cumplimiento de dicha ejecutoria, el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana declaró los distritos III, IV, V y X como indígenas, y por lo tanto deberán tener sólo candidatos indígenas.


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó que para las elecciones intermedias de 2021, el organismo público electoral en Morelos debe garantizar que en los 36 ayuntamientos del estado la población indígena cuente con el acceso a puestos de elección popular, y de esa forma se contará de manera histórica con 4 diputaciones de mayoría y 2 de representación proporcional., es decir, seis de los 20 diputados que integran el Congreso del estado.

En cumplimiento de esa ejecutoria, el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), declaró los distritos  III, IV, V y X como indígenas, y por lo tanto deberán tener sólo candidatos indígenas.

Mientras que en los distritos electorales locales III, IV, V y X, los cuales cuentan con un porcentaje de población indígena mayor al 30% respecto de su población total, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes deberán postular a personas indígenas como candidatos debiendo acreditar la auto-adscripción calificada.

Para el caso de las diputaciones por el principio de representación proporcional, los partidos políticos y coaliciones también deben incluir a candidatos indígenas, además de la postulación indígena que señala el artículo 16, fracción V del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos.

Morelos tiene 36 municipios y se integra por 12 demarcaciones distritales electorales locales.

La consejera presidenta del Impepac, Ana Isabel León Trueba, dijo en conferencia de prensa que en el próximo proceso electoral, de las 219 regidurías a disputar en el estado, 59 corresponderán a personas indígenas, para dar cumplimiento a la sentencia de la Sala Regional del TEPJF.

Los municipios donde no se obtuvieron datos, a través de los censos de Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), censales e intercensales, y que por lo mismo no se habrán de considerar como obligatorio postular a personas que se autoadscriban como indígenas, son Coatlán del Río, Jojutla, Puente de Ixtla, Tetecala y Miacatlán.

Con relación a la asignación de regidurías, éstas serán en número y posición de las planillas, de conformidad con el porcentaje de la población indígena en cada municipio.

El Universal



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