SCJN niega amparo a empresa para explotar mina de litio
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Miércoles 04 de Diciembre de 2024 6:50 pm
+ -La Suprema Corte de Justicia de la Nación negó un amparo al Grupo Bararal, empresa que buscaba explotar una mina de litio en contra a lo dispuesto durante la pasada administración
La Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) negó por unanimidad un amparo al Grupo Bararal,
para explotar una mina de litio en contra a lo dispuesto durante la pasada
administración, del expresidente Andrés Manuel López Obrador, en una reforma
para impedir concesiones a empresas privadas.
El proyecto elaborado por el ministro
Alberto Pérez Dayán planteó sobreseer la demanda de amparo, lo que significa
dejarla sin materia, ante la promulgación de la Reforma de Supremacía
Constitucional.
“Aunque se concediera el amparo
solicitado a la quejosa respecto de los artículos de la Ley Minera, ya existe
una reforma constitucional posterior en donde se prohíben las concesiones en
tratándose del litio. Luego, a ningún beneficio podría llegarse, incluso en una
eventual concesión del amparo, pues la norma constitucional impide la
existencia de concesiones sobre ese mineral específico”, consideró en su
resolución el ministro ponente.
La empresa Grupo Bararal, titular de
la concesión minera 246359, correspondiente al lote San Pedro, ubicado en el
municipio de Satevó, Chihuahua, promovió un amparo contra la reforma a la Ley
Minera, que anuló la posibilidad de extraer litio, publicada en un decreto en
el Diario Oficial de la Federación, el 20 de abril de 2022.
La minera argumentó que su concesión
vence hasta 2068, lo que le permite la exploración y explotación de “todos los
minerales o sustancias que, en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan
depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos,
tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides
utilizados en la industria”.
En la demanda de amparo, la empresa
argumentó que la reforma a la norma impugnada impone limitaciones que afectan
el título de concesión.
En la reforma promovida por el
expresidente López Obrador se estableció que el litio es un recurso natural de
utilidad pública, por lo que queda protegido con el impedimento de otorgar
licencias, contratos, permisos o autorizaciones para su extracción y explotación
por particulares.
Por lo tanto, el mineral quedó
clasificado como patrimonio de la Nación, por lo que su exploración,
explotación, beneficio y aprovechamiento, se reserva para beneficio del pueblo
de México.